Funciones
- VELAR POR EL BUEN ESTADO DE LA CASA, sus instalaciones y servicios y hacer las oportunas advertencias y apercibimiento a los titulares.
- PREPARAR LOS PRESUPUESTOS de gastos y proponer los medios necesarios para hacer frente a los mismos.
- ATENDER LA CONSERVACION DE LA CASA y disponer, con el conocimiento y consentimiento del Presidente, las reparaciones ordinarias. En cuanto a las extraordinarias se adoptan medidas urgentes convocando rápidamente una Junta General para dar cuenta a los propietarios.
- EJECUTAR LOS ACUERDOS ADOPTADOS en materia de obras, efectuar los pagos y realizar los cobros que sean procedentes.
- ACTUAR COMO SECRETARIO en la Juntas y custodiar, a disposición de los propietarios, la documentación de la Comunidad. Como secretario también corresponde hacer las convocatorias de Juntas, confeccionar las actas, notificar los acuerdos, enviar la correspondencia, etc…
- REPRESENTAR A LA COMUNIDAD ANTE EL JUZGADO en procedimientos de reclamación de impagados, cuando así este autorizado en Junta, según el Art. 20 de la L.P.H. Se incluye además la ejecución de reclamaciones contra terceros siempre que no sea necesaria la intervención de abogado y/o procurador.